El Registro de la Propiedad del GAD Balsas, registra las propiedades de los predios correspondientes a los sectores urbano, suburbano, rural y de cualquier otra característica territorial dentro de sus competencias conferidas por el COOTAD, generando la historia de todos y cada uno de los predios con la información relativa a propiedades con sus correspondientes actos, para emitir los certificados y/o inscripciones que requiera la ciudadanía usuaria de nuestros servicios.
TRAMITES DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y REGISTRO MERCANTIL
Compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa; y al otra a pagarla en dinero. El que contrae la obligación de dar la cosa se llama vendedor, y el que contrae al de pagar el dinero, comprador
¿A quién está dirigido?
En el caso que en la sociedad conyugal una de las personas tenga condición de ADULTO MAYOR O DISCAPACIDAD los beneficios de exoneraciones se aplicarán únicamente a la persona con dicha condición
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Razón de Inscripción
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Formulario «Conozca su Cliente» Personas Naturales y Jurídicas (descargarlo de la página web institucional y presentarlo lleno)
- Segunda copia certificada de la escritura a ser inscrita.
- Certificado de gravámenes actualizado (VIGENCIA 30 DÍAS)
- Certificado de no adeudar al GADMUB.
- Certificado de Avalúos y Catastros del GADMUB
- Certificado de pago de plusvalía y alcabalas y/o exoneración
- Copia del Ruc inserta como habilitante en caso de personas jurídicas
- En caso de comparecer con poder que este sea suficiente, es decir Poder Especial para vender el inmueble específico materia de la compra venta. (Art. 2036 del C.C)
- Si el vendedor es una persona jurídica debe presentar la autorización de la junta general de socios para la venta del inmueble.
Requisitos Especiales:
- a) EN CASO DE BIENES DECLARADOS EN PROPIEDAD HORIZONTAL
En la escritura debe constar:
- Cláusula de sometimiento al régimen de propiedad horizontal, por parte del comprador. (Art. 19 de la Ley de P.H.)
b) SI HAY DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL O CELEBRADO CAPITULACIONES MATRIMONIALES
- Partida de matrimonio con la marginación respectiva.
- De tratarse de Capitulaciones Matrimoniales, agregar las mismas inscritas en el Registro de la Propiedad.
¿Cómo hago el trámite?
-El usuario deberá presentar dos testimonios (escritura de compraventa) en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTON BALSAS.
-Una vez presentado se revisa, y de no haber observaciones se aprueba el trámite, caso contrario se hace conocer al usuario, para su respectiva corrección.
-Aprobado el tramite, se emite la orden de pago, que será presentada por el usuario o interesado en la ventanilla cinco para su ingreso y luego en la ventanilla uno del GADMB, para su respectivo pago.
- Realizado el pago correspondiente, se le indica al interesado que en un lapso de 2 días se acerque nuevamente a la oficina del Registro para que retire el documento legalmente inscrito.
Canales de atención: Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
COMPRAVENTA: el cobro será de acuerdo a la cuantía que consta en la respectiva escritura de compraventa
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
DIRECCIÓN: calle Sucre y Veinticuatro de Mayo
HORARIOS DE ATENCIÓN: 08h00 a 12h15 y de 13h15 a 17 h
TELÉFONOS: 2517-430 Ex 107
CORREO ELECTRÓNICO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO
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Donación es un contrato en el que una persona da gratuitamente un bien o parte de sus bienes a otra. El que dona se lo conoce como donante y el que recibe donatario.
¿A quién está dirigido?
En el caso que en la sociedad conyugal una de las personas tenga condición de ADULTO MAYOR O DISCAPACIDAD los beneficios de exoneraciones se aplicarán únicamente a la persona con dicha condición
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Razón de Inscripción
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Primera y Segunda copia certificada de la escritura a ser inscrita.
- Certificado de gravámenes actualizado (VIGENCIA 30 DÍAS)
- Certificado de no adeudar al GADMUB.
- Certificado de Avalúos y Catastros del GADMUB
- Certificado de pago de plusvalía y alcabalas (si no son legitimarios)y/o exoneración
- Acta de Insinuación Notarial
- Declaración Jurada
- En caso de comparecer con poder que este sea suficiente, es decir Poder Especial para vender el inmueble específico materia de la compra venta. (Art. 2036 del C.C)
- Impuesto a la Herencia legados o donaciones (SRI)
¿Cómo hago el trámite?
-El usuario deberá presentar dos testimonios (escritura de compraventa) en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTON BALSAS.
-Una vez presentado se revisa, y de no haber observaciones se aprueba el trámite, caso contrario se hace conocer al usuario, para su respectiva corrección.
-Aprobado el trámite, se emite la orden de pago, que será presentada por el usuario o interesado en la ventanilla cinco para su ingreso y luego en la ventanilla uno del GADMUB, para su respectivo pago.
- Realizado el pago correspondiente, se le indica al interesado que en un lapso de 2 días se acerque nuevamente a la oficina del Registro para que retire el documento legalmente inscrito.
Canales de atención: Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
COMPRAVENTA: el cobro será de acuerdo a la cuantía que consta en la respectiva escritura
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
DIRECCIÓN: calle Sucre y Veinticuatro de Mayo
HORARIOS DE ATENCIÓN: 08h00 a 12h15 y de 13h15 a 17 h
TELÉFONOS: 2517-430 Ex 107
CORREO ELECTRÓNICO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO
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Contrato mediante el cual una o más personas transfiere su propiedad a una persona por un determinado tiempo, para que sean administrados conforme a su naturaleza y al destino previsto y con la posibilidad de ser revertido posteriormente.
¿A quién está dirigido?
En el caso que en la sociedad conyugal una de las personas tenga condición de ADULTO MAYOR O DISCAPACIDAD los beneficios de exoneraciones se aplicarán únicamente a la persona con dicha condición
Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Razón de Inscripción
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Primera y Segunda copia de la escritura certificada
- Certificado de gravámenes actualizado (VIGENCIA 30 DÍAS).
- Certificado de no adeudar al GADMBALSA
- Certificado de avalúos y catastros del GADMBALSAS
- Copias de cédula de los intervinientes.
- Poder Especial (si son representantes)
¿Cómo hago el trámite?
El usuario deberá presentar dos testimonios (Posesión Efectiva) en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTON BALSAS.
-Una vez presentado se revisa, y de no haber observaciones se aprueba el trámite, caso contrario se hace conocer al usuario, para su respectiva corrección.
-Aprobado el trámite, se emite la orden de pago, que será presentada por el usuario o interesado en la ventanilla cinco para su ingreso y luego en la ventanilla uno del GADMUB, para su respectivo pago.
- Realizado el pago correspondiente, se le indica al interesado que en un lapso de 2 días se acerque nuevamente a la oficina del Registro para que retire el documento legalmente inscrito.
Canales de atención: Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
El costo del trámite es en base de la cuantía contenida en la escritura.
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
DIRECCIÓN: calle Sucre y Veinticuatro de Mayo
HORARIOS DE ATENCIÓN: 08h00 a 12h15 y de 13h15 a 17 h
TELÉFONOS: 2517-430 Ex 107
CORREO ELECTRÓNICO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO
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La hipoteca es un derecho de prenda, el dueño del bien lo entrega como garantía ante una deuda o contrato. Este acto no le quita al deudor su poder sobre el inmueble, pero pierde su poder al incumplirse la deuda.
¿A quién está dirigido?
A este trámite pueden acceder personas Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera que desee gravar bienes inmuebles para garantizar el cumplimiento de una obligación o el pago de una deuda
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Razón de Inscripción
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Primera y Segunda copia certificada de escritura a ser inscrita
- Copias de Cedulas de los intervinientes
- Copia del Ruc inserta como habilitante en caso de personas jurídicas.
- Certificado de gravámenes actualizado (VIGENCIA 30 DÍAS)
- Certificado de no adeudar al GADMBALSA
- Certificado de avalúos y catastros al GADMBALSAS.
Requisitos Especiales:
- a) SI EL INMUEBLE ESTUVIERA DECLARADO EN PROPIEDAD HORIZONTAL
- Certificado de Expensas correspondiente al mes que solicita la inscripción.
- Nombramiento y copia de cédula del administrador del edificio y/o conjunto habitacional o Declaración Juramentada de que no se ha nombrado Administrador y exime de responsabilidad al Registrador de la Propiedad.
En la escritura debe constar:
- Cláusula de sometimiento al régimen de propiedad horizontal, por parte del comprador. (Art. 19 de la Ley de P.H.)
- Cláusula que faculte la inscripción en el Registro de Balsas (Art. 31 de la Ley de Registro)
¿Cómo hago el trámite?
El usuario deberá presentar dos testimonios (Posesión Efectiva) en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTON BALSAS.
-Una vez presentado se revisa, y de no haber observaciones se aprueba el trámite, caso contrario se hace conocer al usuario, para su respectiva corrección.
-Aprobado el trámite, se emite la orden de pago, que será presentada por el usuario o interesado en la ventanilla cinco para su ingreso y luego en la ventanilla uno del GADMUB, para su respectivo pago.
- Realizado el pago correspondiente, se le indica al interesado que en un lapso de 2 días se acerque nuevamente a la oficina del Registro para que retire el documento legalmente inscrito.
Canales de atención: Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
El costo del trámite es en base al avaluó, de acuerdo al porcentaje establecido en la tabla de aranceles (Cuantía indeterminada)
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
DIRECCIÓN: calle Sucre y Veinticuatro de Mayo
HORARIOS DE ATENCIÓN: 08h00 a 12h15 y de 13h15 a 17 h
TELÉFONOS: 2517-430 Ex 107
CORREO ELECTRÓNICO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO
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La posesión efectiva es un trámite para establecer quiénes son los herederos de una persona fallecida y los bienes que forman parte de la herencia, de forma que éstos puedan disponer de la masa hereditaria, siempre que no exista un testamento de por medio.
¿A quién está dirigido?
A este trámite pueden acceder personas Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera que desee inscribir el acta Notarial donde se expresa justificadamente la calidad de heredero o de cónyuge sobreviviente del ser el caso
Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Razón de Inscripción
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Primera y Segunda copia certificada del Acta Notarial de Posesión Efectiva.
- Si la Posesión Efectiva es por la vía notarial, adjuntar declaración juramentada por parte de los herederos. (inserta en escritura)
- Certificado de no adeudar al GADMB
- Certificado de avalúos y catastros al GADMB.
- Pago del Impuesto a la Renta sobre ingresos provenientes de herencias, legados y donaciones, formulario 108 y anexo emitido y sellado por el SRI, en original o en copia certificada, de cada donatario o el certificado liberatorio por prescripción o exoneración respectiva.
¿Cómo hago el trámite?
El usuario deberá presentar dos testimonios (Posesión Efectiva) en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTON BALSAS.
-Una vez presentado se revisa, y de no haber observaciones se aprueba el trámite, caso contrario se hace conocer al usuario, para su respectiva corrección.
-Aprobado el trámite, se emite la orden de pago, que será presentada por el usuario o interesado en la ventanilla cinco para su ingreso y luego en la ventanilla uno del GADMUB, para su respectivo pago.
- Realizado el pago correspondiente, se le indica al interesado que en un lapso de 2 días se acerque nuevamente a la oficina del Registro para que retire el documento legalmente inscrito.
Canales de atención: Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
POSESION EFECTIVA: 20 dólares americanos
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
DIRECCIÓN: calle Sucre y Veinticuatro de Mayo
HORARIOS DE ATENCIÓN: 08h00 a 12h15 y de 13h15 a 17 h
TELÉFONOS: 2517-430 Ex 107
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Declaración voluntaria de una persona expresando lo que quiere que se haga con sus bienes después de su fallecimiento. Puede testar quien tiene capacidad de obrar y la ley no se lo prohíbe expresamente
¿A quién está dirigido?
A este trámite pueden acceder Personas Naturales - Extranjeras y Ecuatorianas que deseen disponer después de su muerte todos sus bienes o parte de ellos a un familiar o persona que se le tuviera estima
Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Razón de Inscripción
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Primera y Segunda copia de la escritura certificada
- Certificado de gravámenes actualizado (VIGENCIA 30 DÍAS)
- Partida de defunción del testador.
- Certificado de no adeudar al GADMBALSA
- Certificado de avalúos y catastros al GADMBALSAS
- Copias de cédula de todos los herederos.
- Pago del Impuesto a la Renta sobre ingresos provenientes de herencias, legados y donaciones; formulario 108 y anexo emitido y sellado por el SRI, en original o en copia certificada, de cada heredero que comparece y por cada causante o el certificado liberatorio por prescripción o exoneración respectiva. (Art. 61 LORTI)
¿Cómo hago el trámite?
El usuario deberá presentar dos testimonios (Posesión Efectiva) en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTON BALSAS.
-Una vez presentado se revisa, y de no haber observaciones se aprueba el trámite, caso contrario se hace conocer al usuario, para su respectiva corrección.
-Aprobado el trámite, se emite la orden de pago, que será presentada por el usuario o interesado en la ventanilla cinco para su ingreso y luego en la ventanilla uno del GADMUB, para su respectivo pago.
- Realizado el pago correspondiente, se le indica al interesado que en un lapso de 2 días se acerque nuevamente a la oficina del Registro para que retire el documento legalmente inscrito.
Canales de atención: Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
El costo del trámite es en base avaluó, de acuerdo al porcentaje establecido en la tabla de aranceles (Cuantia indeterminada)
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
DIRECCIÓN: calle Sucre y Veinticuatro de Mayo
HORARIOS DE ATENCIÓN: 08h00 a 12h15 y de 13h15 a 17 h
TELÉFONOS: 2517-430 Ex 107
CORREO ELECTRÓNICO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO
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